Modelo Estatal

Modelo 790 código 052

El modelo 790 código 052 es la tasa de las autorizaciones de residencia de extranjería. Te explicamos quién la paga y en qué plazo, con un ejemplo oficial.

Respuesta rápida

En la renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, la tasa del modelo 790 código 052 (epígrafe 2.2.3) la abona el trabajador. Se devenga al presentar la solicitud y debe pagarse en el plazo de diez días hábiles.

Ejemplo oficial: renovación de residencia y trabajo por cuenta ajena

Fuente: Hoja informativa 13 del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Modelo y epígrafeConceptoQuién paga
790 código 052, epígrafe 2.2.3Renovación de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena y propiaEl trabajador
790 código 062, epígrafe 3.2.2Autorización de trabajo para autorizaciones renovadas de residencia temporal de trabajo por cuenta ajenaEl empleador

Cuándo se paga

Según la hoja informativa, estas tasas se devengan en el momento de presentar la solicitud y deben abonarse en el plazo de diez días hábiles.

El epígrafe depende de la autorización

Cada autorización tiene su propio epígrafe dentro del código 052. Consulta la hoja informativa oficial de tu autorización antes de rellenar el impreso. No mostramos importes porque no los hemos podido contrastar en la sede de tasas, que no respondía el 29/10/2026.